LAS SINRAZONES DEL ABORTO XVIII
Reflexión final
Alfonso López Quintás
Catedrático de Filosofía de la Universidad Complutense
Miembro de la Real Academia española de Ciencias Morales y Políticas
Desde que iniciamos esta serie hasta hoy, no se advierte en el clima político la menor voluntad de clarificar el tema del aborto y adecuar la ley a las exigencias de la realidad humana. Sencillamente, se sigue rodando por el plano inclinado de la toma de decisiones cada vez más injustas en un campo tan sagrado como es el de la vida humana inocente. A la vista de los excesos escalofriantes cometidos en ciertas clínicas abortistas al amparo de los tres supuestos de legalización marcados por la ley actualmente vigente, no se procuró –como sería lo normal en un país no desquiciado moralmente- revisar a fondo la ley para limitar al máximo el riesgo de abusos. Se decidió abolir la frágil valla de amparo que se había dispuesto en torno a la vida naciente para promulgar seguidamente una “ley de plazos”, que supone la legalización del aborto libre dentro de un cierto límite de tiempo.
Digamos, en primer lugar, que poner un límite de tiempo puede parecer a una mirada superficial que mitiga el carácter destructivo de la ley, pero es falso, porque lo decisivo se mantiene: el permiso a disponer de la vida en gestación. El legislador quiere mostrarse como una persona sensible que no tolera el troceamiento de fetos muy desarrollados. Se trata de un mero maquillaje, porque hoy sabemos bien 1) que los límites y los plazos suelen ser desbordados en la práctica y 2) que, aun en el caso de que no lo fueran, ello no evita el desastre humano que implica la anulación programada de innumerables vidas.
La sinrazón de los legisladores
Vayamos a lo esencial, y preguntémonos en qué se apoyan los legisladores para conceder semejante licencia a las madres y a sus cómplices. El estado actual de la ciencia –según hemos visto en capítulos anteriores- pone al descubierto que se trata de una vulgar “licencia para matar”. En un estado de derecho, bien ordenado conforme a principios, razonamientos y consecuencias, una ley de este género no queda legitimada por el mero hecho de haber sido objeto de consenso entre los grupos políticos. El consenso, para ser legítimo, debe ser logrado a través de un intercambio de razones bien sopesadas y no mediante el simple recurso de intercambiar intereses. ¿Podrán nuestros legisladores dar razón -como seres racionales que son- de la llamada eufemísticamente “ley de plazos”?
Cuando está en juego la vida humana, se debe proceder totalmente en serio. Las personas que no renuncien a su dignidad no pueden permitirse jugar con la vida humana, tomarla como un objeto del que pueden disponer. Hoy día, toda adolescente sabe bien que, si realiza ciertos actos sexuales, puede provocar un embarazo. Si no es responsable para regular sus relaciones amorosas o meramente pasionales, debe serlo, al menos, a la hora de asumir la vida que ha surgido merced a su colaboración. Hoy existen medios para respetar la vida naciente y asumirla aunque se carezca de la posibilidad de cuidarla de por vida. No hay excusa. Diversas asociaciones benéficas ayudan a las madres a superar el trauma de un embarazo no deseado, le facilitan tratamiento médico, incluso a veces residencia, y se ocupan de los trámites de la adopción.
Se dice, a menudo, que es más sencillo para las madres resolver el “problema” de forma rápida, aunque sea algo traumática. Ciertamente, es más traumática de lo que suele indicarse a las jóvenes en las clínicas abortivas. Los testimonios del “síndrome postaborto” que hoy tenemos son prueba evidente de ello. Pero no se trata de resolver los problemas de la forma más sencilla sino de la más justa para todos, sobre todo en este caso para el hijo. Por eso, recurrir sin más al aborto para salir rápidamente de una situación engorrosa que uno mismo ha provocado supone una irresponsabilidad injustificable e indigna, por tanto, de una persona adulta...
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